¿Una empresa puede exigir la presencialidad en el trabajo a sus empleados?
La respuesta es que, si no se demuestra la necesidad por parte de la empresa, ésta no puede exigir la presencialidad en el trabajo a sus empleados.
La respuesta es que, si no se demuestra la necesidad por parte de la empresa, ésta no puede exigir la presencialidad en el trabajo a sus empleados.
Una sentencia pionera en nuestro país es la que ha sido otorgada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat). Se trata de una indemnización adicional a la legal de 33 días por año de servicio en un caso de despido improcedente, calculada a partir del desempleo no percibido.
La tasa de empleo de las mujeres se incrementa cada año. De hecho, en 2021 (dato más reciente) representó el 51,3% de la fuerza de trabajo europea y, además, a pesar de que alrededor del 60 % de los nuevos titulados universitarios en la UE son mujeres, están infrarrepresentadas en la toma de decisiones en el ámbito económico, especialmente en las altas instancias.
El Juzgado de lo Social de Valladolid ha dictado sentencia en este sentido otorgando a un trabajador el turno de mañana cuando coincida con la custodia de su hijo.
Según especifica el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, los empleados tienen derecho a 14 festivos al año que tendrán carácter retribuido y no recuperable.
El TS estima los recursos presentados por una trabajadora embarazada a la que anularon el llamamiento para cubrir una vacante temporal, por ser dada de baja el día en que debía incorporarse.
El TSJ canario aplica la perspectiva de género y avala la negativa de una trabajadora a obedecer una orden empresarial que anulaba la concreción horaria pactada con la empresa para el cuidado de su hijo.
La invasión de Ucrania por parte de Rusia está generando importantes consecuencias en todos los órdenes a los que España no es ajena. Por este motivo, desde el Gobierno de España, se aprobó el Real Decreto Ley 6/2022, publicado en el BOC el pasado 30 de marzo.
El teletrabajo irrumpió con fuerza durante el confinamiento estricto al comienzo de la crisis sanitaria y, desde entonces, es una realidad al alza en España.
El motivo del recurso de casación es si debió o no admitirse la prueba de videovigilancia aportada por la empresa para justificar un despido disciplinario.