La inteligencia artificial está transformando progresivamente la práctica jurídica. Herramientas capaces de resumir documentos, localizar información o ayudar a estructurar escritos pueden ofrecer importantes ventajas a los profesionales del Derecho.
Sin embargo, varios pronunciamientos recientes de los Tribunales Superiores de Justicia de Canarias y Andalucía ponen de manifiesto un límite esencial: el uso de IA no exime al abogado de verificar la información ni de responder por el contenido del escrito que presenta ante los tribunales.
El TSJ de Canarias sanciona la utilización de jurisprudencia inexistente
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dictado durante 2026 varias resoluciones relacionadas con la utilización de inteligencia artificial en recursos de apelación.
En febrero, el Tribunal impuso una multa de 420 euros a un abogado después de detectar hasta 48 referencias a sentencias inexistentes, así como un supuesto informe del Consejo General del Poder Judicial que tampoco pudo ser localizado.
Las comprobaciones realizadas por el propio Tribunal evidenciaron que las referencias no habían sido contrastadas con bases de datos oficiales, como el CENDOJ. La Sala consideró que esta falta de verificación vulneraba las reglas de la buena fe procesal y el deber de diligencia exigible al profesional.
Además, el Tribunal ya había detectado anteriormente otro recurso que contenía varias referencias atribuidas al Tribunal Supremo cuya existencia no pudo comprobarse, acordando abrir una pieza separada para determinar las posibles responsabilidades del letrado.
Y en julio de 2026, la advertencia del TSJ de Canarias ha vuelto a adquirir relevancia con una nueva sanción de 840 euros a otro abogado por incluir en un recurso numerosas citas jurisprudenciales inexistentes o cuyo contenido no coincidía con lo que se afirmaba.
Tras un análisis de las referencias realizado por el servicio de documentación del Tribunal, se detectaron numerosas discrepancias en las sentencias citadas. En algunos casos, las resoluciones no existían en los términos indicados y, en otros, no respaldaban las afirmaciones realizadas en el recurso.
La Sala entendió que la reiteración de estas referencias no podía considerarse un simple error material. Junto con la multa, acordó trasladar los antecedentes al Colegio de Abogados de Lanzarote, a efectos de valorar posibles responsabilidades disciplinarias.
El criterio resulta especialmente relevante porque el Tribunal no cuestiona el uso de la IA en sí mismo, sino la ausencia de una supervisión adecuada por parte del profesional.
El TSJ de Andalucía pone el foco en la calidad de los escritos
La cuestión no se limita a la generación de jurisprudencia falsa. En su STSJ de Andalucía n.º 332/2026, de 13 de julio, la Sala de lo Civil y Penal también aborda el empleo de inteligencia artificial para preparar recursos de apelación.
El Tribunal reconoce que estas herramientas pueden ser útiles para ordenar ideas, concretar motivos de impugnación y mejorar la exposición. No obstante, advierte del riesgo de presentar escritos excesivamente extensos, repetitivos o formalmente sofisticados, pero con escasa densidad jurídica.
La facilidad de la IA para generar textos fluidos y aparentemente convincentes puede provocar que determinadas argumentaciones parezcan más sólidas de lo que realmente son. Por ello, el Tribunal destaca la importancia de adaptar los argumentos al caso concreto y evitar reiteraciones, razonamientos circulares o afirmaciones que no contribuyan a fundamentar la pretensión.
¿Qué implica todo ello para la abogacía?
Los pronunciamientos analizados permiten extraer una conclusión común: la IA debe utilizarse como herramienta de apoyo, pero bajo control profesional.
Antes de presentar un escrito elaborado con IA, es fundamental verificar las fuentes y citas, revisar personalmente el contenido generado y adaptar los argumentos al caso concreto, eliminando errores, repeticiones o información irrelevante.
La utilización de inteligencia artificial tampoco desplaza la responsabilidad del abogado firmante. El tribunal no sanciona al algoritmo: responde el profesional que incorpora y presenta su contenido.
Una nueva exigencia de diligencia profesional
Estos pronunciamientos reflejan que la transformación tecnológica de la abogacía no supone una reducción de los estándares profesionales. Al contrario, cuanto mayor sea la capacidad de estas herramientas para generar contenidos aparentemente fiables, mayor importancia adquiere la revisión humana.
La IA puede ahorrar tiempo, facilitar determinadas tareas y mejorar la preparación de un escrito. Pero no puede sustituir el criterio jurídico del profesional ni la comprobación de las fuentes utilizadas.
En definitiva, el reto para los despachos no consiste en decidir entre utilizar o no utilizar inteligencia artificial, sino en establecer un uso responsable, supervisado y jurídicamente riguroso.
Porque, ante los tribunales, la tecnología puede ayudar a redactar un escrito, pero la responsabilidad sigue correspondiendo a quien lo firma.

