Recientemente, el Tribunal Constitucional (TC, en adelante) ha tomado una decisión trascendental al rechazar por unanimidad la imposición del pago de costas procesales, es decir, los cargos de los gastos legales, a aquellos que ganen juicios contra bancos por el uso de cláusulas abusivas. Esta medida se fundamenta en la preocupación de que cargar a los consumidores con los gastos legales pueda tener un efecto disuasorio en la defensa de sus derechos ante los tribunales.

¿Quieres conocer más acerca de este fallo del TC? En este blog, analizaremos los detalles de esta importante sentencia y su impacto en la protección de los consumidores.

Este último dictamen del TC se origina a raíz del caso en el cual una mujer fue condenada por la Audiencia Provincial de Madrid a pagar una parte de las costas procesales, a pesar de que el tribunal detectó la naturaleza abusiva y nula de la cláusula de vencimiento anticipado por impago de una sola cuota de capital o intereses.

Y esta decisión del TC, respaldada por unanimidad, se fundamenta en varios aspectos clave:

En primer lugar, se argumentó la necesidad de la aplicación de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Si bien se establece que los consumidores no están vinculados por cláusulas abusivas en contratos celebrados con profesionales, esta directiva europea busca proteger los derechos de los consumidores y garantizar que no se les obligue a cumplir cláusulas abusivas.

Por otro lado, se apoya en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo (TS), dado que ambos tribunales han puesto el énfasis en que es responsabilidad de los Estados proporcionar medios adecuados y eficaces para eliminar el uso de cláusulas abusivas. En concreto, el TJUE ha advertido que permitir que los consumidores asuman parte de las costas procesales puede disuadirlos de ejercer sus derechos.

De forma que se ha considerado que la decisión establecida por la Audiencia Provincial de Madrid en el caso ha conllevado una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, pues la imposición de costas a la demandante es «manifiestamente irrazonable». Finalmente, el TC ha ordenado que se dicte una nueva sentencia en el caso.

Y, esta decisión del Tribunal supone un paso significativo en la protección de los derechos de los consumidores, pues se alinea con la legislación europea y la jurisprudencia previa, asegurando que los consumidores no sean desalentados de buscar justicia en casos de abuso por parte de las entidades financieras, así como refuerza la importancia de garantizar una tutela judicial efectiva para todos los ciudadanos y envía un mensaje claro sobre la ilegalidad de las cláusulas abusivas en los contratos bancarios.

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