Las empresas financieras que ofrecen créditos rápidos, sobre todo de cantidades pequeñas, de hasta 10.000-12.000 euros están en el punto de mira. Su publicidad, considerada muy agresiva, hace que los consumidores no la lean adecuadamente, lo que en muchos casos les genera más de un problema. Y es que, en la práctica, casi en la totalidad de los créditos, los intereses que cobran son casi mayores que el capital principal, lo que supone que muchos solicitantes no puedan hacer efectiva su total devolución en el tiempo estimado.

A la vista de esta situación, los Juzgados ya están dictando sentencias declarando abusivos estos intereses. Es el caso del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Málaga, que desestimó la demanda presentada por la firma Cofidis, que reclamaba 2.100 euros de intereses por un préstamo de 4.000. En el fallo, la magistrada considera “abusivos” los intereses remuneratorios, los gastos y comisiones de este préstamo rápido, y emplaza al pago del resto de la deuda, 3.014,41 euros, que es la cantidad del préstamo principal que aún le queda por devolver, sin tener que abonar los intereses.

La sentencia también añade que, si bien es cierto que existan cláusulas de intereses remuneratorios con carácter general, que forman parte de precio, sin embargo, las cláusulas no pueden declarase abusivas “debiendo limitarse el examen judicial al control de transparencia”.

Respecto a las comisiones y gastos de devolución, esta misma sentencia señala que el Banco de España considera que han de responder a servicios efectivamente prestados y añade “la comisión de cuotas impagadas supone una sanción por el incumplimiento, pero no supone un auténtico servicio de la entidad financiera. A ello se suma que los intereses moratorios ya suponen una sanción por el incumplimiento, de modo que la comisión se convierte en una sanción excesiva o desproporcionada”, recoge la sentencia.

En cualquier caso, y sabiendo que se trata de productos muy peligrosos, desde AESYR&Abogados aconsejamos leer detalladamente todas las cláusulas del contrato antes de firmarlas, y consultar un profesional ante cualquier duda.

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