Te explicamos en qué casos los herederos perjudicados pueden pedir la nulidad del testamento.

No son pocos los casos de herencias en que alguno de los herederos no está de acuerdo con el testamento y se considera perjudicado. Surgen entonces varias interrogantes que en este post pretendemos aclarar: ¿en qué supuestos puedo impugnarlo?, ¿cómo debo hacerlo?, ¿en qué plazo?

 

Casos en que puede impugnarse un testamento:

Para poder impugnar un testamento hay que tener motivos fundados como los siguientes:

  • Desheredación sin justa causa: por ejemplo, testamento que deshereda a un hijo por haberse portado mal con el padre, al no ser causa suficiente para ello (solo podrá desheredarse a un hijo si ha maltratado o injuriado gravemente al testador, si le ha negado sin motivos alimentos).
  • Si el testamento obvia, intencionadamente o no, a alguno de los herederos.
  • Si el testamento no respeta la legítima de alguno los herederos (los hijos tienen derecho, por Ley, al tercio de la legítima, si el testamento no respeta esta legítima, es causa de impugnación).
  • Incapacidad del testador por no estar en su sano juicio.
  • Engaño o coacción al testador

 

Quiénes pueden impugnar el testamento:

Pueden impugnar los herederos que se consideren perjudicados.  Pero, cuidado, perderán el derecho a hacerlo quienes, de forma tácita o expresa, hayan reconocido la validez del testamento (por ejemplo, aceptando parte de la herencia).

 

En qué plazo se debe impugnar:

El plazo máximo es de15 años desde la fecha del fallecimiento del testador o desde el momento en que el heredero recibió la copia autorizada del testamento que impugna.

 

Cómo se impugna un testamento:

Mediante demanda judicial ante los Tribunales, demandando a los herederos favorecidos. La sentencia podrá declarar la nulidad total del testamento o anular la parte que perjudique.