El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente un Real Decreto-ley de amplio alcance que incorpora, entre otras medidas de carácter social, la revalorización de las pensiones desde el 1 de enero de 2026. Esta norma se enmarca en la prórroga del denominado escudo social, aprobada ante la falta de una Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2026.
Desde un punto de vista jurídico y social, nos encontramos ante una norma de especial relevancia, tanto por su contenido económico como por el uso del instrumento del real decreto-ley para garantizar la actualización de prestaciones públicas esenciales.
Subida general de las pensiones en 2026
La norma establece que, con carácter general, las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado se han incrementado un 2,7% en 2026, porcentaje que responde al valor medio de la inflación interanual de los doce meses previos a diciembre.
Esta actualización beneficia a más de 9,4 millones de personas pensionistas del sistema contributivo y más de 734.000 perceptores del Régimen de Clases Pasivas.
Según las estimaciones oficiales, esta revalorización supone unos 570 euros adicionales anuales para una pensión media de jubilación, y cerca de 500 euros más al año para la pensión media del sistema.
Pensiones mínimas, no contributivas y prestaciones familiares
La norma refuerza especialmente la protección de los colectivos más vulnerables:
- Pensiones mínimas:
- Jubilación en hogares unipersonales: 13.106,80 € anuales, con una subida del 7,07%.
- Jubilación con cónyuge a cargo: 17.592,40 € anuales, lo que supone un incremento del 11,4%.
- Pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad: Se sitúan en 8.803,20 € anuales (629 € mensuales en 14 pagas), con una subida del 11,4% respecto al importe vigente en 2025.
- Pensiones de viudedad con cargas familiares, pensiones con cónyuge a cargo, Ingreso Mínimo Vital y pensiones no contributivas: Han experimentado un aumento conjunto del 11,4%.
- Asignaciones por hijo a cargo con discapacidad:
- ≥ 65%: 5.962,80 € anuales.
- ≥ 75%: 8.942,40 € anuales, con una revalorización del 2,7%.
Límite máximo de pensiones y complemento de brecha de género
Desde el 1 de enero de 2026
- La pensión máxima ha quedado fijada en 3.359,60 € mensuales, lo que equivale a 47.034,40 € anuales.
- El complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones contributivas se sitúa en 36,90 € mensuales.
Bases máximas de cotización y pensión máxima
En aplicación de la reforma del sistema de pensiones:
- La base máxima de cotización se ha incrementado en un 3,9% (IPC del 2,7% más el 1,2% adicional previsto legalmente), alcanzando los 5.101,20 € mensuales.
- La pensión máxima se ha revalorizado con el IPC más un 0,115% adicional, situándose en los 3.359,60 € mensuales en 14 pagas, frente a los 3.267,60 € del ejercicio anterior.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
Para el ejercicio 2026, la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional es del 0,90%, distribuida del siguiente modo:
- 0,75% a cargo de la empresa.
- 0,15% a cargo de la persona trabajadora.
Prórroga del escudo social: más allá de las pensiones
El real decreto-ley no se limita a la actualización de las pensiones. También prorroga medidas sociales de gran impacto, entre ellas:
- Moratoria de desahucios para familias en situación de vulnerabilidad.
- Prohibición del corte de suministros básicos.
- Mantenimiento del bono social eléctrico.
- Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Conclusión
Desde una perspectiva jurídica, el Gobierno justifica el uso del real decreto-ley por la urgente y extraordinaria necesidad de garantizar la revalorización de las pensiones, dado que esta materia no queda cubierta por la prórroga automática de los Presupuestos conforme al artículo 134 de la Constitución Española.
Nos encontramos, en definitiva, ante una norma clave para la protección social en 2026, con importantes implicaciones tanto para pensionistas como para empresas y trabajadores, y que refuerza el papel del Derecho de la Seguridad Social como instrumento de cohesión y estabilidad económica.

