El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que la pensión alimenticia de un hijo mayor de edad no se extingue automáticamente por el hecho de que el hijo perciba ingresos, si estos son insuficientes para garantizar su autonomía económica.

En el caso concreto, el hijo era mayor de edad y percibía ingresos por un trabajo que compatibilizaba con sus estudios. Estos ingresos eran suficientes para satisfacer sus necesidades básicas, pero no para cubrir sus gastos de vivienda, manutención y educación.

El tribunal considera que, en estos casos, la extinción de la pensión alimenticia debe producirse cuando el hijo haya alcanzado una verdadera autonomía económica, que le permita hacer frente a sus necesidades sin necesidad de ayuda de sus padres.

En consecuencia, la sentencia establece que la pensión alimenticia se extingue desde el momento en que se dicte la sentencia de modificación de medidas que así lo acuerde.

 

Implicaciones de la sentencia

La sentencia del Tribunal Supremo tiene importantes implicaciones para los padres que tienen hijos mayores de edad a su cargo.

En primer lugar, la sentencia aclara que la percepción de ingresos por parte del hijo no es un requisito suficiente para extinguir la pensión alimenticia. Es necesario que los ingresos sean suficientes para garantizar la autonomía económica del hijo.

En segundo lugar, la sentencia establece que la extinción de la pensión alimenticia debe producirse desde el momento en que se dicte la sentencia de modificación de medidas. Esto significa que los padres no pueden dejar de pagar la pensión alimenticia antes de que se dicte la sentencia, incluso si el hijo ya percibe ingresos.

Esta sentencia es un recordatorio de que la obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos mayores de edad no se extingue automáticamente cuando el hijo alcanza la mayoría de edad. La obligación de los padres de prestar alimentos a sus hijos mayores de edad se mantiene hasta que el hijo haya alcanzado una verdadera autonomía económica.

Si un padre tiene un hijo mayor de edad a su cargo y considera que la pensión alimenticia debe extinguirse, debe iniciar un procedimiento de modificación de medidas. En el procedimiento, el padre debe acreditar que el hijo ya cuenta con esta autonomía económica.

 

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