El Juzgado de lo Social de Valladolid ha dictado sentencia en este sentido otorgando a un trabajador el turno de mañana cuando coincida con la custodia de su hijo.

El trabajador en cuestión había solicitado a su empresa la concesión de cambio de turno en las semanas que tenía a su cargo al menor. El Juzgado ha dado la razón al trabajador porque entiende que, de no ser así, afectaría gravemente a la planificación familiar y, por supuesto, a los cuidados del menor.

De esta manera, se hace prevalecer la protección a la familia y a la infancia (recogido en el artículo 39 de la Constitución (LA LEY 2500/1978)), sobre el poder de organización de la empresa, cuando no existe abuso de derecho o manifiesto quebranto para la empresa.

La empresa, por su parte, alegaba la negación del permiso al estar sujeto el trabajador a un régimen de turnicidad. Y, aunque éste cuente con el respaldo normativo o convencional, se ha concedido la solicitud porque, según se cita textualmente en la sentencia, “asistiendo al trabajador el derecho a la adaptación de jornada , el ejercicio de este derecho no debe quedar mediatizado por la existencia en la empresa de un sistema de turnos ni abarcar o ceñirse únicamente a la mera disminución lineal de la previa jornada, si bien debe quedar incardinada dentro de la «jornada ordinaria» que desempeñaba el trabajador, entendida esta en un sentido amplio”.

El Juzgado, además, valora otros aspectos en su fallo como es que en la empresa no consta ningún otro trabajador en esta misma situación y reconoce que no se puede seguir obligando al trabajador a mantener la ayuda que ha venido recibiendo de su familia para cumplir con los cuidados al menor, así como a hacer cambios puntuales con los compañeros.

De esta manera reza la sentencia: “la negativa empresarial constituye un obstáculo injustificado para la compatibilidad de la vida familiar y profesional del trabajador que debe ser solventado”.

CONTACTA

Confía en nuestro equipo

Contacta con nosotros y nuestros abogados te asesorarán desde la primera consulta.
CONTACTA