Este martes primero de febrero, el Consejo de Ministros aprobó en segunda lectura el Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, tras su toma en consideración en primera lectura el pasado 26 de octubre.

Una vez finalizado el periodo de audiencia e información pública, durante el que recibió el informe negativo del Consejo General del Poder Judicial por invadir competencias autonómicas, el ya Proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda será remitido a las Cortes Generales para su tramitación como proyecto de ley por la vía de urgencia.  

A pesar de ser no vinculante, este informe vaticina que la norma puede ser declarada inconstitucional por su «incisiva vigilancia» del uso de los inmuebles, por lo que puede atentar contra el derecho a la propiedad.

En esta segunda lectura, el Ejecutivo ha incorporado algunos cambios teniendo en cuenta estas recomendaciones y solicita al Parlamento su aprobación urgente para poder cumplir con el calendario de hitos previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que España presentó ante la Comisión Europea, ya que esta nueva norma es uno de ellos.

El objetivo de la ley es reforzar el ejercicio del derecho constitucional, ofreciendo instrumentos efectivos a las administraciones territoriales competentes para aumentar la oferta de vivienda a precios asequibles.

Aspectos reseñables

  • Desarrolla el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, ofreciendo instrumentos efectivos a las CCAA y Ayuntamientos para impulsar una oferta asequible para todas las personas y hogares.
  • Promueve la calificación indefinida de la vivienda protegida, garantizando siempre un periodo de al menos treinta años y una reserva de suelo para vivienda en alquiler asequible. Además, con la nueva regulación, no se podrá volver a enajenar el parque público de vivienda social, que se considera un patrimonio sujeto a protección permanente.
  • Conforma un marco que ofrece seguridad jurídica a todos los operadores, públicos y privados, favoreciendo el incremento de la oferta de vivienda asequible incentivada. También se delimita la función social de derecho a la propiedad de vivienda, con la colaboración de los grandes tenedores de vivienda, especialmente en zonas sujetas a mayor tensión de precios.
    Para ello, la norma establece el mecanismo para declarar áreas de mercado residencial tensionado a través de criterios objetivos, con el fin de aplicar un plan de medidas efectivas que favorezca en estas zonas el acceso a la vivienda. Además, se incluyen mecanismos de contención y bajada de los precios del alquiler de vivienda y ventajas fiscales para fomentar el alquiler asequible y evitar la vivienda vacía.

  • Mejora los procedimientos administrativos para ofrecer soluciones a aquellos hogares sujetos a mayores dificultades, salvaguardando el legítimo derecho de propiedad, pero también fomentando la coordinación con todos los servicios sociales y programas de ayuda en materia de vivienda.
  • Refuerza la actuación del Estado en materia de vivienda y rehabilitación, a través de planes plurianuales y basada en la cooperación interadministrativa. Así, asegura la participación de todos los agentes sociales y económicos en la elaboración y desarrollo de las políticas de vivienda, pero respetando las competencias de las comunidades autónomas y ayuntamientos.
  • La ley ofrece más garantías en la compra y alquiler de vivienda, estableciendo una serie de información básica en cuanto a las condiciones de la operación y características de la vivienda. También se mejora el acceso a la información sobre las políticas públicas de vivienda para dar a conocer todos los programas y servicios de acceso.

El Proyecto de Ley establece medidas e instrumentos innovadores en nuestro marco legal, para alcanzar los objetivos de mejora del acceso a la vivienda relacionados con el desarrollo de los aspectos ya mencionados, que os explicaremos con detalle en otra entrada. 

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