El juzgado de lo Mercantil 1 de Murcia ha condenado a Volvo Group España a pagar a una empresa 128.757 euros por el sobreprecio pagado en la compra de cinco camiones en octubre del 2012.

Volvo ha sido condenado, en realidad, por la acción de Renault Trucks España, que fue absorbida por la primera con posterioridad a la transacción. En julio del 2016, la Comisión Europea condenó a Renault, Volvo, Daimler, DAF, Iveco y MAN por intercambiar información sensible y concertar los precios brutos de los camiones de tonelaje medio y alto durante catorce años, de 1997 al 2011. La sanción impuesta, casi 3.000 millones de euros, fue la más alta de la historia en materia de competencia.

Tras conocerse la decisión de Bruselas, en todo Europa se han presentado miles de demandas reclamando a los fabricantes condenados una indemnización por daños y perjuicios. La de Murcia es la primera sentencia que se conoce en España. En su pronunciamiento, contra el que cabe recurso, la jueza María Dolores de las Heras resuelve en primer lugar uno de los puntos controvertidos: el de la legitimación pasiva, es decir, si las filiales de los fabricantes de camiones son responsables de los actos de sus matrices. Y lo hace afirmativamente.

A continuación, aborda la cuestión del resarcimiento por daños y perjuicios derivados de la infracción y concluye que es procedente porque así lo reconoce la propia Comisión Europea en su decisión sobre el cártel. Una vez establecido lo anterior, la jueza examina la cuestión del sobreprecio por la colusión de precios. Y ahí, partiendo de la base del informe pericial del demandante –una media del 20,7% de incremento de lo pagado en daños y perjuicios en 129 cárteles en Europa, como establece también la firma Consultores Técnicos– la jueza condena a Volvo a pagar los citados 128.757 euros más intereses.

Las demandas presentadas por Hispajuris siguen avanzando

Como venimos informando desde los despachos socios de Hispajuris Abogados, entre ellos, nuestro despacho AESYR & Abogados, con sede en Santander, presentamos antes del verano las primeras demandas contra los fabricantes que integraron el cártel de camiones, en defensa de los intereses de los afectados que adquirieron vehículos entre los años 1997 y 2011.

Algunos de estos fabricantes han presentado escritos discutiendo la competencia judicial de los tribunales españoles, que se han comenzado a resolver hasta el momento de forma satisfactoria, ya que se han dictado las primeras resoluciones que desestiman dichas peticiones y mantienen la competencia de los juzgados donde se plantearon las demandas. Se trata de una buena noticia para todos los clientes que han confiado en nosotros, pues si se mantiene esta dinámica los procedimientos judiciales sufrirán un importante avance que permitirá disponer de más sentencias durante todo el año 2019, en el mismo sentido que la dictada por el juzgado de mercantil 1 de Murcia

Desde AESYR & Abogados recordamos que todos aquellos afectados que hasta el momento no hayan reclamado, todavía tienen posibilidades de hacerlo, pues existe una responsabilidad solidaria de todas las empresas fabricantes que conformaban el cártel de camiones. Todos aquellos que se encuentren en esta situación pueden consultarnos cómo ejercitar sus derechos contactando con nuestro equipo de abogados especializados. 

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