Recientes sentencias declaran nula la cláusula suelo de préstamos suscrito con fines empresariales.
Todavía existe bastante confusión en relación a si las empresas y profesionales pueden conseguir la anulación de las cláusulas suelos de sus hipotecas y recuperar de los bancos el dinero pagado de más.
Pues sí!!, los tribunales vienen reiterando que, aunque el cliente no sea un consumidor (particular que compra vivienda habitual), la cláusula suelo debe someterse a un control de transparencia, claridad y sencillez.
De tal forma que, aquellas cláusulas que no hayan podido ser conocidas al tiempo de celebrar el contrato, por ser ambiguas, oscuras o incomprensibles, no se tendrán por incorporadas al préstamo.
Sentencias a favor de empresarios y profesionales:
En este sentido, se están dictando sentencias que estiman demandas de profesionales y empresarios o autónomos declarando nulas cláusulas suelos que figuraban en sus hipotecas por ser ambiguas en su redacción, por no comprenderse claramente y además crear un desequilibrio importante a favor del banco ya que protege a este de las bajadas del tipo de interés, en perjuicio del cliente.
Estas sentencias, en definitiva, declaran la nulidad por abusiva de la cláusula suelo que por tanto debe ser eliminada del préstamo, condenando al banco a devolver las cantidades pagadas de más en aplicación de esta cláusula desde la firma del contrato.
La consecuencia de la nulidad de la clausula suelo:
El beneficio que obtiene el empresario o profesional en estos casos es, por tanto, dejar de aplicar en lo sucesivo la cláusula suelo y beneficiarse así de la bajada de los tipos de interés y, además, como hemos dicho, recuperar todo lo pagado de más.
Puede solicitarse la nulidad de las cláusulas suelo de préstamos hipotecarios en vigor, con independencia de la fecha en que se firmaron, así como de aquellos que se hayan cancelando en los últimos cuatro años.