A pesar de la última sentencia del Tribunal Supremo, se están dictando resoluciones judiciales anulando la cláusula de IRPH de la hipoteca.
Después de la Sentencia del 14 de diciembre del pasado año dictada por elTribunal Supremo que entendía como no abusiva la cláusula de IRPH, varias Audiencias Provinciales han compartido el criterio seguido por el voto particular del magistrado del Tribunal Don. Javier Orduña, al que se adhirió el magistrado Arroyo Fiestas, que disentían de ese criterio.
¿Qué es el índice IRPH?:
El IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) está basado y creado en atención al precio al que prestan las entidades financieras con los índices y datos aportados por ellas mismas.
El mismo fue utilizado por parte de las Cajas de Ahorros de España en sustitución al EURIBOR. Su aplicación resultó minoritaria e incluso residual. (En 2006 sólo el 11,47% utilizaban el índice de referencia IRPH)
¿Qué resuelve la sentencia del Tribunal Supremo?:
La citada sentencia señaló que la cláusula IRPH era transparente ya que era oficial y se publica de forma mensual en el BOE, por tanto, es objeto de información pública y accesible.
Con la consiguiente consecuencia: no es abusiva, es válida y no supone ni su inaplicación ni devolución de importe alguno a favor del consumidor.
Por estos motivos, no puede ser sometido al control de transparencia respecto a las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
El voto disidente de un magistrado:
Pese a que la citada Sentencia del Tribunal Supremo señalaba lo anterior, en la misma queda reflejado el voto disidente (técnicamente el voto contrario a la mayoría se denomina voto particular) de uno de los magistrados que no compartía el argumento de la misma que llevaba a no declarar abusivo el índice.
Es decir el fallo no fue adoptado por unanimidad sino por mayoría.
Según este magistrado no puede concluirse que un ciudadano medio conoce el índice IRPH porque es oficial y publicado en el BOE, sino que el banco debe explicar su alcance y funcionamiento, antes de ser firmado en un préstamo hipotecario.
Nuevas sentencias siguen manteniendo la abusividad y nulidad del IRPH:
A día de hoy, diferentes Audiencias se postulan en contra de la Sentencia del Tribunal Supremo y continúan declarando nulo el índice, llegando a solicitar la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a fecha de hoy pendiente de resolver al respecto, abriendo así una puerta a la esperanza de los miles de afectados.
Por tanto, habrá que estar muy pendiente de la evolución de la jurisprudencia sobre este asunto y de cómo resuelve Europa.