La banca no devolverá a todos los afectados el dinero pagado de más por la cláusula suelo.

Determinados grupos de afectados no lo tendrán fácil para que las entidades bancarias, de forma voluntaria, anulen las cláusulas suelo de sus hipotecas y les devuelvan el dinero pagado de más.

Como sabemos, hace unos días las entidades bancarias comenzaron a atender las reclamaciones de los afectados con cláusulas suelo a través del procedimiento extrajudicial y gratuito creado por el Gobierno.  Si te encuentras en alguno de estos grupos puede que tu reclamación sea desestimada:

Empresas y profesionales:

Las empresas y profesionales que pidieron un préstamo hipotecario para su actividad mercantil o profesional no se consideran consumidores y se encontrarán con la negativa de la entidad al no tener cabida en el propio procedimiento extrajudicial (que solo aplica a consumidores).

Particulares que destinaron el dinero del préstamo a una actividad profesional o empresarial:

Todas aquellas personas que pidieron una hipoteca para financiar a su empresa o invertir en alguna actividad profesional o empresarial, es decir, aunque no siendo empresarios o profesiones, cuando el destino del préstamo no fue la compra de una vivienda, también serán rechazadas por no ser consideradas tampoco consumidores.

Afectados con documentos de renuncia:

Algunos bancos, en el año 2014/2015 llamaron a clientes con cláusulas suelo en sus hipotecas para su eliminación del préstamo presentándoles un documento que, además de esto, recogía entre sus cláusulas la renuncia del cliente a ejercitar acciones judiciales en el futuro sobre esta cuestión.

A esa fecha, nadie sospecharía que en diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declararía la obligación de las entidades de devolver TODO el dinero pagado de más. Ahora, cuando estos clientes acuden a la entidad se encuentran con la negativa por respuesta.

Afectados con oferta vinculante firmada:

Otro grupo de afectados firmaron una oferta vinculante de la hipoteca, previamente a la firma de la escritura pública (muchos de ellos con absoluto desconocimiento de este hecho).

El haber firmado este documento es el argumento que utiliza la banca para defender el conocimiento previo de la cláusula suelo y su total transparencia que impide que sea anulada.

 ¿Qué pueden hacer todos estos grupos de afectados si la entidad bancaria desestima su petición?:

Las entidades bancarias están obligadas a indicar los motivos por los que desestima la petición de anulación de la cláusula suelo y recuperación del dinero pagado de más.

Frente a esta decisión, el afectado puede acudir a la vía judicial donde las posibilidades de recuperar el dinero aumentan sensiblemente ya que:

  • Cada día se conoce una nueva sentencia que anula la cláusula suelo en hipotecas de no consumidores (empresarios y profesionales)
  • También se conocen sentencias, si bien todavía no muy numerosas, que declaran la nulidad de los documentos de renuncia de derechos que las entidades presentaron a los clientes, lo que permite a estos recuperar su dinero
  • Desde hace ya años los tribunales vienen determinando a través de sentencias que la existencia de una oferta vinculante, aunque sea firmada por parte del cliente, no presupone el conocimiento de este sobre la existencia de una cláusula suelo ni de sus consecuencias.

Como conclusión, si acudes a tu entidad y te niega la reclamación, podrás volver a plantearla mediante una demanda ante el Juzgado con resultados bien distintos.