El Tribunal Supremo fija criterio en ITPyAJD para contratos resueltos por acuerdo
El Tribunal Supremo ha establecido un nuevo criterio relevante respecto al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPyAJD). A partir de ahora, aunque un contrato se resuelva por mutuo acuerdo, este acto seguirá siendo sujeto a tributación en el ITPyAJD. Esta sentencia tiene importantes implicaciones para las empresas y particulares que enfrenten la resolución de contratos y busquen claridad sobre sus obligaciones fiscales.