En el pasado mes, concretamente el 30 de julio de 2025, se marcó un hito en la conciliación laboral y familiar en España, con la publicación del Real Decreto-ley 9/2025. Esta norma, que amplía el permiso por nacimiento y cuidado, supone un cambio que impacta directamente en la vida de miles de familias. Con esta reforma, se completa la transposición de una directiva europea y se da un paso fundamental para mejorar la protección de la infancia y fomentar la corresponsabilidad entre progenitores.

 

¿Cuáles son las novedades clave?

  1. Incremento de la duración: de 16 a 19 semanas

La principal novedad es la ampliación del permiso por nacimiento, que pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor.

  • Seis semanas son de disfrute obligatorio inmediatamente después del nacimiento.
  • Once semanas más pueden disfrutarse de manera flexible hasta que el menor cumpla un año.
  • Y como novedad destacada, se añaden dos semanas adicionales que pueden utilizarse hasta que el menor cumpla ocho años.

 

Este cambio refleja una adaptación a las necesidades de las familias, permitiendo una mayor flexibilidad para el cuidado de los hijos a largo plazo. Además, el coste de estas tres semanas adicionales será asumido en su totalidad por la Seguridad Social, garantizando el 100% de la base reguladora.

 

  1. Regímenes especiales para familias monoparentales

Las familias monoparentales reciben una atención específica con esta reforma. En respuesta a la sentencia del Tribunal Constitucional (STC 140/2024), el permiso se amplía a 32 semanas. Esta medida busca equiparar la protección que recibe el menor, independientemente de la estructura familiar.

  • Seis semanas obligatorias tras el nacimiento o adopción.
  • 22 semanas de disfrute flexible durante el primer año de vida del menor.
  • Cuatro semanas adicionales que pueden utilizarse hasta que el menor cumpla ocho años.

 

  1. Flexibilidad en el disfrute y aplicación retroactiva

La nueva normativa no solo amplía los plazos, sino que también ofrece una mayor flexibilidad. El permiso parental retribuido se puede disfrutar de forma discontinua y a tiempo parcial o completo, siempre con acuerdo previo con la empresa. Esta flexibilidad facilita que el permiso se adapte a las necesidades reales de cada familia.

Además, aunque la norma entró en vigor el 31 de julio de 2025, sus efectos se retroceden al 2 de agosto de 2024 para las dos (o cuatro en caso de monoparentalidad) semanas de permiso parental retribuido. La prestación económica correspondiente podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

 

¿Qué implica esta reforma?

Esta ampliación del permiso de nacimiento va más allá de un simple aumento de días. Es un paso significativo para:

  • Fomentar la corresponsabilidad y una distribución más equitativa de las tareas de cuidado.
  • Proteger el interés superior del menor, garantizando más tiempo de calidad con sus progenitores.
  • Promover la igualdad y no discriminación, tanto entre géneros como entre distintos tipos de familias.

La publicación de este Real Decreto-ley nos sitúa en un marco legal más avanzado, alineado con los estándares europeos y con una visión más moderna y justa de la conciliación. En un contexto de constantes desafíos, esta reforma legal ofrece una respuesta clara a las necesidades de las familias españolas, fortaleciendo sus derechos y el bienestar de los más pequeños.

CONTACTA

Confía en nuestro equipo

Contacta con nosotros y nuestros abogados te asesorarán desde la primera consulta.
CONTACTA