La incapacitación judicial tiene un objetivo claro: proteger a las personas cuando llegan a una situación en la que no pueden valerse por sí mismas. Se evita así que terceras personas puedan aprovecharse de esta situación de indefensión.
En la actualidad existen muchos controles ante una posible incapacitación, de forma que nunca se les va a perjudicar, sino que están protegidos por la ley. Es el Ministerio Fiscal el responsable de velar por el incapaz a lo largo de toda su incapacitación.
A pesar de que tomar esta decisión puede resultar negativo para su entorno, es todo lo contrario, dado que significa estar pendiente de que nadie de se pueda aprovechar de él o de ella.
Este proceso puede ser iniciado por distintas personas: el propio incapaz, considerando que ya no se maneja por sí mismo; sus parientes más cercanos (cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos) y el Ministerio Fiscal, cuando se trata de una persona que se encuentra sola.
El principal requisito es que la persona debe sufrir una enfermedad o demencia (física o psíquica) importante, persistente y que le impida gobernarse por sí misma. Será el Juzgado quien tramita este proceso, y la “capacidad se presumirá mientras no haya una sentencia que diga lo contrario”. Será ese Juzgado quien determine la situación de la persona enferma y nombrará a un tutor que le represente, que además tendrá que cumplir una serie de obligaciones. Serán absolutamente fundamentales los informes médicos, además de otra serie de pruebas, para poder conceder la incapacidad a una persona.
En cuanto al tutor, no tendrá libre voluntad con respecto al incapacitado y su patrimonio, sino que tendrá que rendir cuentas al juzgado. Anualmente deberá presentar una cuenta justificada de esa tutela, además de demostrar que ha administrado bien su patrimonio y que el dinero gastado ha estado dirigido a cubrir las necesidades del incapacitado.
Es el Juzgado quien debe autorizar ciertas actividades, como por ejemplo la venta de un inmueble. Este caso requiere del cumplimiento de dos requisitos: por lado las razones por las que se deba vender ese inmueble y por otro detallar el destino de ese dinero. Uno de esos destinos puede ser, quizás, que el incapacitado necesite internarse en una residencia de coste elevado y sus familiares deban vender esa propiedad para asumir ese coste.
Si tienes un caso parecido, y necesitas tener más información de este este proceso, consulta a los expertos, que llevarán a buen término el proceso.