En la planificación patrimonial, las donaciones en vida son una herramienta frecuente. Sin embargo, su aparente simplicidad puede esconder importantes consecuencias en el momento de repartir la herencia, especialmente en lo que respecta a las legítimas. Analizamos, desde una perspectiva jurídica actualizada, cómo afectan estas liberalidades y qué criterios ha consolidado la jurisprudencia reciente.
¿Qué es la donación y cómo se regula?
El Código Civil define la donación como un acto de liberalidad por el cual una persona transmite gratuitamente un bien a otra, que lo acepta. Su regulación se encuentra en los artículos 618 a 623 del Código Civil.
Aunque se trata de un acto inter vivos, sus efectos no se agotan en el momento de la entrega, ya que pueden proyectar efectos sobre la futura herencia del donante.
Efectos de la donación sobre la herencia
Cuando una persona realiza donaciones en vida, estas pueden incidir directamente en la distribución de su herencia. En particular, el artículo 1035 del Código Civil establece que los herederos forzosos deben traer a colación las donaciones recibidas, con el fin de garantizar el respeto de las legítimas.
Esto implica que la donación no desaparece del “cálculo hereditario”, sino que se tiene en cuenta para determinar si todos los legitimarios reciben lo que les corresponde por ley.
¿Puede evitarse que la donación afecte a la herencia?
Sí, pero con matices. El Código Civil permite excluir la colación en dos supuestos:
- Cuando el donante lo disponga expresamente (en escritura pública o testamento).
- Cuando el donatario renuncie a la herencia.
No obstante, esta dispensa no es absoluta. Si la donación perjudica la legítima de otros herederos forzosos (donación inoficiosa), podrá ser objeto de reducción.
La dispensa de colación: ¿es revocable?
La cuestión de si la dispensa de colación puede revocarse ha generado debate doctrinal, actualmente resuelto por el Tribunal Supremo en favor de su revocabilidad.
Las sentencias del Tribunal Supremo n.º 473/2018 y 134/2019 han establecido que:
- La dispensa de colación es un acto unilateral y de naturaleza “mortis causa”.
- Está sujeta al principio general de revocabilidad de las disposiciones sucesorias.
- Debe prevalecer la última voluntad del causante.
En consecuencia, el donante puede modificar su decisión en cualquier momento, sin que ello suponga vulnerar derechos adquiridos por el donatario.
Computación vs. colación: dos operaciones distintas
Uno de los puntos clave para entender el impacto de las donaciones en la herencia es diferenciar entre computación y colación.
Computación
- Sirve para calcular la legítima global.
- Se tienen en cuenta todas las donaciones, incluso las realizadas a terceros.
- Se aplica aunque exista dispensa de colación.
La reciente STS n.º 457/2025 confirma que incluso las donaciones dispensadas deben computarse para determinar si se ha respetado la legítima.
Colación
- Es una operación propia de la partición de la herencia.
- Supone que el heredero que recibió una donación en vida recibe menos en la herencia.
- Solo opera entre herederos forzosos.
La jurisprudencia entiende que, salvo indicación contraria, las donaciones constituyen un anticipo de la herencia.
Ejemplo práctico: donación de dinero para comprar una vivienda
Supongamos que una madre dona 200.000 € a una hija, quien utiliza ese dinero para adquirir una vivienda.
A efectos de colación:
- Lo que se colaciona es el dinero donado, no el inmueble.
- La vivienda no formaba parte del patrimonio de la donante.
- La hija adquiere el inmueble a título oneroso frente a un tercero.
El Tribunal Supremo ha reiterado este criterio, descartando que el bien adquirido con el dinero donado pueda considerarse objeto de la donación.
¿Cómo se valoran las donaciones en dinero?
El Código Civil no especifica cómo debe realizarse la colación de sumas de dinero. No obstante, la jurisprudencia ha aclarado que debe atenderse al valor actualizado, no al nominal, pues se busca mantener el poder adquisitivo de la cantidad donada.
Este criterio evita desequilibrios derivados de la inflación o del paso del tiempo.
Conclusión
Las donaciones en vida son una herramienta útil de planificación patrimonial, pero deben utilizarse con cautela. Sus efectos sobre la herencia pueden ser relevantes, especialmente en relación con las legítimas.
Por todo ello, debe tenerse en cuenta que:
- Las donaciones siempre se computan para calcular la legítima.
- La colación puede evitarse, pero con límites.
- La dispensa de colación es revocable.
La correcta planificación puede evitar conflictos entre herederos.

