La custodia de los hijos y la atribución del uso de la vivienda familiar son dos cuestiones fundamentales en los procesos de separación y divorcio. 

En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha reafirmado la importancia de analizar de manera integral ambas cuestiones, poniendo el interés superior del menor como eje central de la decisión.

 

El caso y el dictamen del TS

En el caso analizado, la Audiencia Provincial había otorgado la custodia de las hijas menores al padre, pero había mantenido a la madre en el uso de la vivienda familiar al considerar que el padre no había solicitado expresamente dicha atribución.

No obstante, el Tribunal Supremo revirtió la sentencia, priorizando el interés superior del menor. Consideró que la vivienda familiar, al ser el entorno al que los niños están más adaptados, es crucial para su bienestar. Además, evaluó las necesidades de los menores en términos de espacio y comodidad, así como la situación económica de ambos progenitores, concluyendo que la atribución de la vivienda al padre era lo más adecuado.

 

Esta sentencia del Tribunal Supremo establece un importante precedente jurisprudencial al reafirmar que:

  • El interés superior del menor es el criterio primordial: Los jueces deben valorar todas las circunstancias del caso para determinar qué solución es la más beneficiosa para los hijos.
  • La atribución de la vivienda familiar no está supeditada a una petición expresa: Los jueces deben analizar esta cuestión de oficio, siempre que sea relevante para el interés del menor.
  • La vivienda familiar tiene un valor especial: La vivienda familiar suele ser el entorno más adecuado para el desarrollo de los menores y debe ser tenida en cuenta en la toma de decisiones.
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