Un tribunal de Córdoba ha dictaminado como procedente el despido de un auxiliar de Farmacia por incumplir el protocolo de actuación de la empresa al acudir diez días a trabajar con síntomas de la COVID-19.

Así lo ha determinado el Juzgado de lo Social nº4 de Córdoba, sentenciando que el empleado “cometió varias infracciones contractuales muy graves y culpables que justifican su despido disciplinario”.

Contra la sentencia del pasado 18 de abril, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

La representación legal de la empresa, argumenta que en esa época se exigía que, en caso de tener síntomas, era obligatorio el aislamiento automático y más al trabajar en un sector de carácter sanitario.

Sin embargo, el auxiliar acudió a su puesto de trabajo entre los días 21 y 31 de diciembre de 2020, pese a presentar síntomas evidentes de la enfermedad, como fiebre, escalofríos, diarrea y malestar general. Su estado siguió empeorando hasta que fue al médico y le diagnosticaron coronavirus.

Caso omiso a las advertencias

A pesar de que varias veces desde la empresa le habían indicado que fuera al médico, hechos que quedaron acreditados por los testimonios de otros compañeros, el empleado no acudió hasta que su estado de salud empeoró seriamente.

En su defensa, el dependiente alegó creer tener señales de una fiebre reumática, enfermedad que sufre desde la niñez.

Pero el juzgado no lo acepta como argumento ya que considera que en el contexto de pandemia por COVID-19, “era conocido por todos que, ante la más mínima sospecha de enfermedad, teníamos que confinarnos, pues era la única medida para evitar el contagio”.

Considera, por tanto, que no hacerlo fue una actuación totalmente reprobable y muy grave.

Además, una vez en aislamiento y de baja laboral, el trabajador no entregó las llaves de la oficina de farmacia a sus responsables, negativa que suponía un segundo incumplimiento contractual, por la que también fue denunciado por apropiación indebida, máxime tratándose del acceso a la custodia de medicamentos.

El auxiliar demandado, por su parte, alegó que “había sido objeto de hostigamiento para forzar su marcha, por recibir varias comunicaciones de sanciones y despido en un corto espacio de tiempo”.

El Juzgado determina que en ningún caso de estas notificaciones se desprende que el actor “estuviera siendo sometido a una situación de acoso ni constaba indicios de vulneración de derechos fundamentales alguna”.

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