El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia relevante en relación con la revisión de cláusulas abusivas en contratos financieros, específicamente aquellos vinculados a tarjetas ‘revolving’. Aunque reconoce la posibilidad de un segundo control durante la fase ejecutiva del proceso, enfatiza que esta medida solo procederá en determinadas circunstancias. Este pronunciamiento responde a una cuestión planteada por la magistrada Silvia Martínez Cantón del Juzgado de Primera Instancia Número 2 de León, en relación con una reclamación de la financiera Investcapital a un consumidor por una tarjeta ‘revolving’.
La sentencia del TJUE destaca la importancia de que los afectados por este tipo de contratos estén plenamente informados sobre sus derechos y la posibilidad de presentar recursos en los plazos establecidos. Sin embargo, también subraya que si no ejercen estos derechos en el tiempo estipulado, perderán la oportunidad de impugnar la abusividad de las cláusulas en disputa.
Aunque la empresa argumentó en contra de un segundo control, basándose en la normativa nacional que establece la preclusión, el TJUE sostiene que esto no contradice la directiva europea sobre cláusulas abusivas. El tribunal establece que el juez competente puede restringir un nuevo análisis si el control inicial durante el proceso monitorio fue adecuado y se justificaron debidamente las razones para no considerar las cláusulas como abusivas.
Esta decisión establece pautas claras para los jueces en cuanto al control de cláusulas abusivas en contratos con consumidores en el futuro. Asimismo, destaca la importancia del principio de efectividad en la aplicación de la directiva europea, asegurando que los consumidores tengan acceso a un proceso justo y equitativo en la defensa de sus derechos contractuales.