Según reza el artículo 1902 del Código civil: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.

Esta regla general nos guía para dirimir quién es el responsable de un daño tras haber evaluado condicionantes como la acción u omisión causante del daño, la relación de causalidad y la existencia de un daño.

En España, la legislación que rige la responsabilidad en caso de accidentes en elementos comunes de una Comunidad de Propietarios está contemplada en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

Según esta ley, la responsabilidad generalmente recae en la propia comunidad de propietarios porque, de acuerdo con el artículo 10 de la LPH, la comunidad de propietarios es responsable de la conservación y mantenimiento de los elementos comunes del edificio, así como de garantizar su uso adecuado y seguro. Esto implica llevar a cabo las labores de conservación, reparación y sustitución necesarias para mantener en buen estado los elementos comunes y prevenir situaciones de riesgo.

En caso de un accidente en un elemento común, si se demuestra que el incidente ocurrió debido a un defecto, falta de mantenimiento, negligencia o incumplimiento de las obligaciones de la comunidad de propietarios en relación con los elementos comunes, la comunidad puede ser considerada responsable.

Situaciones particulares

Sin embargo, es importante tener en cuenta que pueden existir situaciones particulares o excepciones dependiendo de las circunstancias específicas del accidente, así como de las normas y acuerdos establecidos en los estatutos de la comunidad. Por lo tanto, siempre es recomendable buscar asesoramiento legal para evaluar la situación concreta y determinar la responsabilidad exacta según la legislación vigente y los estatutos de la comunidad de propietarios en cuestión.

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