Aunque la promotora que te vendió la vivienda no te entregara avales bancarios, todavía puedes recuperar las cantidades entregadas a cuenta.
La crisis económica se llevó por delante a numerosas promotoras inmobiliarias que tuvieron que presentar concurso, lo que dejó a muchos compradores que no pidieron avales o garantías bancarias no sólo sin las viviendas, que nunca se terminaron de construir, sino además sin poder recuperar su dinero.
Como dijimos en un post anterior (leer post), el criterio del Tribunal Supremo, ya consolidado a través de varias sentencias, es condenar a las entidades bancarias a devolver estas cantidades ya que incumplieron su deber de vigilancia pues deberían haber prestado atención a que el Promotor contratase un seguro o aval bancario que garantizase a los compradores las entregas a cuenta realizadas.
En ese mismo post comentamos los plazos para poder reclamar.
¿En qué casos puedo reclamar a la entidad bancaria?:
Para reclamar a la entidad bancaria aunque la promotora esté en concurso, los pagos a cuenta se tienen que haber realizado en una cuenta designada por el promotor sin estar avalados o asegurados y se debe tratar de una vivienda libre, no de protección oficial.
Para la reclamación se deben aportar los justificantes de los ingresos realizados y que su destino era la compra de la vivienda (no es necesario que sea destinado a residencia habitual, puede ser una segunda vivienda).
¿Puede reclamarse al banco aunque el concurso esté vivo?:
Muchos de estos concursos llevan años tramitándose en los Juzgados, todavía continúan abiertos, y las posibilidades de los compradores de recuperar el dinero son nulas.
En estos casos, aunque el concurso no esté finalizado, los afectados sí pueden reclamar a las entidades bancarias ya que su responsabilidad de pago es solidaria. Es decir, no tienen que esperar a la finalización del concurso.
En conclusión, aunque hayan transcurrido años y el concurso esté abierto, ahora se