Cuidado con las inspecciones de trabajo, el incumplimiento de esta obligación conllevará sanciones económicas.

Por sorprendente que parezca las empresas estarán obligadas a controlar y llevar un registro diario de la jornada de todos sus trabajadores, no solo los que tengan contrato a tiempo parcial.

 

Obligación doble para todos los contratos: registro diario y resumen mensual.

Era sabido que en los contratos a tiempo parcial se debía llevar este tipo de registro con la finalidad de comprobar que las horas efectivas de trabajo coincidían con las horas contratadas y cotizadas.  Además la normativa obligaba a entregar al trabajador junto con la nómina un resumen mensual de las horas efectivamente trabajadas.

Muchas empresas cumplían con esta obligación a través de registros en formato papel en los que los trabajadores a tiempo parcial estampaban su firma a la entrada y salida de su puesto de trabajo.

Ahora, todo esto se complica notablemente pues la obligación se extiende también a los trabajadores con contratos a jornada completa respecto a los cuales la empresa deberá cumplir también con el registro diario de horas y con el registro mensual.

 

La Seguridad Social desconfía…

El objetivo principal de esta medida, que parece desproporcionada, es controlar la realización de horas extras por parte de los trabajadores.

Así pues la empresa deberá tener un encargado en plantilla que asuma estas funciones o bien utilizar otros medios de registro habitualmente empleados en empresas industriales o en la Administración como es el sistema de “fichar” a la entrada y salida del trabajo mediante tarjetas o huella digital.

Estos registros deberán conservarse por parte de la empresa durante un periodo mínimo de cuatro años.

 

¿Y si no tenemos los registros?

El incumplimiento de esta medida tiene dos consecuencias importantes:

  1. Se consideraran como infracciones leves o graves según cada caso concreto, lo que conllevará sanciones económicas
  2. Y lo que es más gravé, en contratos a tiempo parcial, la falta de los registros presumirá el contrato está celebrado a jornada completa, debiendo la empresa probar la realidad de la jornada parcial.