La Justicia da la razón a los transportistas, el Tribunal Supremo estima los primeros recursos interpuestos frente a Hacienda que consideraba la reclamación prescrita.
Una vez más, Europa dio la pista…
Todo empezó gracias a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaró que el Impuesto sobre la venta minorista de determinados hidrocarburos (IVMDH) (el conocido como “céntimo sanitario”) era contrario a las directivas comunitarias
A raíz de esto, las empresas que habían soportado el pago de este impuesto, en su mayoría empresas transportistas, empezaron a solicitar a Hacienda la devolución de dicho impuesto.
Hacienda sin embargo solo devolvió parte negándose a pagar lo recaudado antes de 2010 por considerarlo prescrito. Ello obligó a las empresas a reclamar a la Administración y ante su negativa, acudir posteriormente a la vía judicial.
El Supremo apoya a los transportistas:
Después de este periplo el Supremo ha resuelto los primeros recursos dando la razón a los contribuyentes lo que significa que Hacienda deberá devolver también el importe recaudado entre 2002 y 2009.
Hay que destacar que por las dudas que generaba este caso, la sentencia no impone las costas a Hacienda y limita el pago de intereses desde la presentación de la reclamación a Hacienda.
En resumen, todos aquellos que tengan iniciada la vía judicial pueden respirar tranquilos porque podrán recuperar el dinero pagado entre 2002 y 2009. Será cuestión de tiempo…