Si tu idea es alquilar un local para montar un negocio, debes seguir leyendo…
Comenzar un negocio en un local arrendado es una de las prácticas más habituales. Generalmente, el local exigirá una importante obra de reforma y acondicionamiento a nuestro negocio.
Por supuesto, habrá que firmar un contrato de arrendamiento. Este contrato merece una atención especial; son 5 las principales cuestiones que deberás tener en cuenta antes de firmarlo, si no quieres tener un problema en el futuro:
1.- Comprobar en el Registro de la Propiedad si el local tiene hipoteca:
Aunque se trata de la más desconocida, esta es la principal precaución que debe tener el arrendatario: comprobar si el local tiene hipoteca.
Decimos esto porque, en caso de que exista hipoteca, si el propietario no puede pagar al banco y este ejecuta la hipoteca, el arrendatario tiene un serio problema ya que al ser la hipoteca anterior al contrato de arrendamiento puede llegar a extinguir este.
En este supuesto de existencia de hipoteca, el arrendatario deberá tomar garantías para quedar protegido frente al banco. Será un abogado especialista el que mejor pueda asesorarte.
2.- Inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad:
Se aconseja firmar el contrato ante Notario e inscribirlo en el Registro. Su inscripción nos protege frente a terceros.
3.- Dejar constancia del estado del local al inicio del arrendamiento:
Debes revisar detenidamente el estado del local y advertir por escrito si aparecen daños o desperfectos, incluso tomando fotografías de su estado.
4.- Avales y fianzas:
Es práctica habitual que los propietarios exijan garantías a los arrendatarios. En algunos casos, pedirán entregas por adelantado de varias mensualidades o bien avales bancarios que garanticen el cumplimiento del pago de la renta.
En estos supuestos, debe quedar perfectamente recogido en contrato el tipo de garantía prestada y su finalidad.
5.- Renuncia a derechos legales del arrendatario:
También es habitual que el arrendatario (en muchos casos sin ser consciente de ello) renuncie a determinados derechos legales como son el subarriendo y el de adquisición preferente.
La renuncia al primero supone que no podrá subarrendar el local a un tercero sin la autorización expresa del dueño. La renuncia al segundo supone que si el local se vende a un tercero no tendrá derecho de comprarlo en las mismas condiciones.